Con fecha 21 de septiembre de 2021 se publica en la Página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Primer Anteproyecto de Novena Modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020.

Análisis
Los cambios proyectados en este documento son los siguientes.

Primero Transitorio, fracción I, de la 7a. Modificación
Se reforma el artículo transitorio primero, fracción I de la Séptima Resolución de Modificaciones a las RGX para 2020, publicada en el DOF el 11 de junio de 2021, modificar la entrada en vigor de las siguientes reglas de comercio exterior, relativas al uso del Complemento Carta Porte, que originalmente estaba previsto para el 30 de septiembre de 2021, prorrogándola hasta el 1 de enero de 2022. Esto, en relación con el diferimiento de la entrada en vigor del referido complemento para el 1 de diciembre de 2021 en modo de prueba, y a partir del 1 de enero de 2022 en modo definitivo:

  • 2.4.11., fracción I, inciso f). Transmisión al SEA en documento electrónico el f) el folio fiscal del CFDI con el Complemento Carta Porte.
  • 3.1.31, primer párrafo. Presentación de los documentos en el despacho aduanero de mercancías incluyendo el folio fiscal, archivo digital o la representación del CFDI con el complemento ‘Carta Porte’.
  • 3.1.32., fracción VIII. Presentación, ante el mecanismo de selección automatizado el aviso consolidado en dispositivo tecnológico, el documento de operación para despacho aduanero incluyendo el CFDI que debe incluir el Complemento Carta Porte.
  • 3.1.33., fracción I, inciso g), Para el despacho de mercancías sin presentación de las impresiones de pedimentos, aviso o copias simples, se pide la transmisión al SEA del documento electrónico con el folio fiscal del CFDI con el Complemento Carta Porte.

Vigencia
Esta regla surte efectos a partir del 21 de septiembre de 2021.

Anteproyecto
El anteproyecto puede ser consultado directamente en la siguiente dirección: Portal de trámites y servicios – SAT

Fuente: Fiscalia.com