Existen contribuyentes que transportan sus mercancías contratando los servicio de un transportista. En ocasiones, dados los tamaños de la carga, estos transportistas consolidan en un mismo cargamento mercancías de distintos clientes a fin de no encarecer el servicio.

Tratamiento
Este tipo de transporte tiene un tratamiento especial tratándose de la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con el Complemento Carta Porte (CCP). Al respecto, la Regla Miscelánea 2.7.7.8. establece estos lineamientos, mismos que son explicados en la Guía de Llenado del CCP, que a continuación se explican.

1. Por cada cliente se puede emitir una factura electrónica de tipo ingreso sin CCP por la totalidad del servicio que le vas a prestar; en esta factura electrónica se debe registrar la clave o número de identificación único que se genere como prestador de este tipo de servicio en el campo “Número de Identificación” dentro de cada sección “Concepto”, para relacionar cada una de las cargas amparadas en dicha factura electrónica, en caso de que el cliente no solicite la factura el servicio debe estar registrado dentro de una factura global. Es importante tener presente que este esquema de facturación sólo es válido cuando el transportista cuente con la clave o el número de identificación único.

2. Para la primera milla del traslado, cuando se usen vehículos de carga ligera con características menores a las de un camión tipo “C2”, conforme a lo establecido en la NOM-012-SCT-2-2017 y en la ruta no se transitará por algún tramo de carretera federal mayor a 30 kilómetros, se podrá:

2.1. Emitir una factura electrónica de tipo traslado sin complemento Carta Porte, registrando la clave de producto 24112700 “Estibas”, en la sección “Concepto”;

2.2. Registrar los números de identificación que hayas generado y asignado previamente a cada una de las cargas amparadas en la factura electrónica a que se refiere el numeral 1 en el campo “Número de Identificación”, y

2.3. Relacionar el folio fiscal de la factura electrónica de tipo ingreso a que se refiere el numeral 1.

3. Referente a la etapa intermedia del traslado, se debe:

3.1. Emitir una factura electrónica de tipo traslado a la que se le incorpore el complemento Carta Porte por cada tramo que implique un cambio de medio o modo de transporte;

3.2. Registrar la clave de producto 24112700 “Estibas” en la sección “Concepto”;

3.3. Relacionar las claves o números de identificación generado y asignados previamente a las cargas en la sección ‘Guías de identificación’ del complemento Carta Porte, y

3.4. Relacionar el folio fiscal de la factura electrónica de tipo ingreso a que se refiere el numeral 1.

4. Para la última milla del traslado, cuando se usen vehículos de carga ligera con características menores a las de un camión tipo “C2”, conforme a lo establecido en la NOM-012-SCT-2-2017 y durante la ruta a seguir no se transitará por algún tramo de carretera federal mayor a 30 kilómetros, se podrá emitir una factura electrónica de tipo traslado sin complemento Carta Porte, donde:

4.1. Se registre la clave de producto 24112700 “Estibas”, en la sección “Concepto”;

4.2. Se registren los números de identificación que hayas generado y asignado previamente a cada una de las cargas amparadas a la factura electrónica a que se refiere este numeral 1 en el campo “Número de Identificación”, y

4.3. Se relacione el folio fiscal de la factura electrónica de tipo ingreso a que se refiere el numeral 1.

Consideraciones finales
Como puede apreciarse, en el transporte consolidado de mercancías se puede aplicar un tratamiento especial, para el cual es necesario que el transportista utilice la clave o el número de identificación único, mismos que deben constar en el CFDI, y que se sigan lo pasos aquí señalados.